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12 noviembre 2011
03 febrero 2010
En el ocaso de 2009. Encarpetar cuadernos de clase: una actividad de ayer y de hoy.
“En mi época de estudiante de escuela primaria cuando se acercaba la finalización del ciclo lectivo había un tiempo para “encarpetar” los cuadernos de clase que utilizamos durante el año y armar de esa manera una especie de compendio de saber, un libro, la prueba quizá del año escolar transcurrido.
Parece que la tradición se conserva. Mis hijas también tienen ese compendio que durante un tiempo está a la mano en la casa para mostrarlo a los abuelos, a los familiares para luego pasar a un desván, un cuartito tal vez, un lavadero quizá, algún lugar del ropero a lo mejor… o un sótano como fue en la casa de mis padres.
Esa “memoria” atesorada en los cuadernos duerme el sueño de los tiempos hasta que es necesario trasladarla a otro lugar por cuestiones de espacio, o a otra casa si se trata de una mudanza. O decidir qué hacer con ellos cuando se produce un “quiebre en el tiempo”, porque es necesario desocupar la casa que fuera de nuestros padres pues ellos ya no están… en esos momentos, en esos lapsos de tiempo que duran instantes -que seguramente no podremos precisar- la memoria de cada cual se actualiza, se encuentra con ese pasado que lo habita desde siempre.
Lo extraño y paradójico quizá es que no es el contenido que hay en ese compendio lo que se actualiza… lo que sale de allí cuando empezamos a hojear los cuadernos es de una naturaleza diferente a lo que hay allí escrito. Cosa rara no?... qué poder tienen estos símbolos de convocar fenómenos que difieren de ellos mismos!!!... aunque cabría también pensar la posibilidad que esos fenómenos convocados no son del todo diferentes de aquello que lo convoca ¿no?...
Mientras nuestros ojos repasan símbolos, nuestra mente, nuestro corazón, nuestro cuerpo transitan otras percepciones que se agolpan y conmueven –vaya si lo hacen- a quien pasa por esta experiencia.
Estoy encuadernando la última actividad que Mario realizara en la escuela… ¿cuál será la percepción que tendré cuando vuelva -algún día- a encontrarme con ella? ¿será para hacer un lugar a otras cosas?... quizá no porque hoy encarpetar es también “archivar en bits” y la noción de “lugar” hay que pensarla en otros términos. Más aún, ¿cuál será la percepción que tendrá Mario cuando se vuelva a encontrar con este material? ¿será posible para él este reencuentro?...”
Noviembre/Diciembre de 2009
Para leer el relato haz clic aquí
10 enero 2009
Apoyemos a Chicass10
Escrito por Lourdes Barroso el jueves, 08 de enero de 2009 en Edublogs -(44 hits)
Chicass 10 no es un blog cualquiera, es una ventana abierta en el módulo de mujeres de la cárcel de Texeiro. Es una experiencia de educativa basada en el voluntariado de quienes enseñan y el coraje, la voluntad de superación, y la esperanza de un puñado de mujeres condenadas no solo a la reclusión, sino también a la exclusión social. Este blog se escribe sin Internet, porque en la cárcel no hay acceso a Internet, pero es el motor de arranque de la motivación de quienes publican en él, lo hace con esmero, es su "cuaderno de limpio", nos muestra su historia y sus aprendizajes. A través del blog han buscado nuestra mirada, nuestro comentario, nuestro apoyo, que va llegando con cuentagotas. El fuerzo realizado, el compromiso personal de superación, el cambio en lo personal, no se ha visto hasta ahora recompensado por parte de la administración penitenciaria, pero quizás ahora se abra una nueva oportunidad, si entre todos somos capaces de movilizarnos darles nuestro apoyo. Chicass 10 ha sido nominado como mejor blog del año por RTVE.es en los premios Miradas2, tal vez, si una vez más somos capaces de darle la vuelta a la blogsofera educativa y apoyamos su candidatura, las cosas en Texeiro puedan cambiar.
¡¡Vota a Chicas 10!!
¡¡Difunde este mensaje!!, como si fuera un meme. Quizás no consigamos que ganen pero al menos habrán coseguido nuestro reconocimiento, lo necesitan.
28 diciembre 2008
Docentes en el "Horizontes"
En julio de este año escribía, después de ver un informe sobre los niños de la cárcel, una reflexión que comenzaba con una libre -muy libre si lo quieren- asociación de ideas, de imágenes... titulada "Los docentes entre la esperanza y la desesperanza...".Allí me preguntaba y preguntaba sobre nuestro rol docente en estos contextos.
Letizia Barbero respondió la pregunta:
31 julio 2008
Los docentes, entre la esperanza y la desesperanza. ¿Una pedagogía de los bordes?
EL trabajo de las/os alumnos del Colegio Universitario de Periodismo de Córdoba nos mueve a la reflexión...
Una reflexión que comienza con una libre -muy libre si lo quieren- asociación de ideas, de imágenes... por un lado
¿La recuerdan?... "Los coristas", sin duda un filme conmovedor; cuya primera versión en los años cincuenta se elaboró sobre un libro que cuenta una historia real sobre sesenta niños que van de los ocho a los trece años en el periodo inmediatamente posterior a la Segunda Guerra Mundial (1949).
Y, por el otro, el trabajo de las/os alumnos de la universidad: "Los niños de la cárcel",que sin duda conmueve pero a quienes trabajamos en estos contextos nos "duele"...
Y por último nosotros, los docentes. Aquellos que en 1949 llegaron a "Fond d'Etang", los que siguen llegando y los que están, por ejemplo, en el complejo "Esperanza"...
Seguramente Mathieu se habrá dicho "a mi no me prepararon para ésto".
Quizá nunca estuvimos preparados para trabajar ni en éstas ni en aquellas realidades. Quizá educar signifique enfrentarse a situaciones siempre un tanto desconocidas.
Pues bien ¿qué hizo Mathieu?... ¿qué hacer en estos contextos?
Para seguir pensando juntos, un trabajo de Marcelo Zanelli "Los coristas o una forma de calcular lo incalculable"
...claro es más fácil, mucho más fácil solucionar el ruido del auto
21 junio 2008
Giro a la educación -Parte II-
"El concepto fundamental de la pedagogía es la educabilidad del alumno" J. F. Herbart 1776-1841
Hacia nuestra representación de la educabilidad 1984-1989. Una mirada prospectiva .
Cuando frecuentábamos las aulas en la condición de alumnos del profesorado, nuestros maestros nos “invitaban” a que nos formulemos una serie de preguntas relativas a la educación. Una de ellas -que recordamos con toda nitidez y, por qué no decirlo, con cierta nostalgia por las reminiscencias existenciales que la acompañan- era: ¿es posible la educación? ¿es posible que la educación se dé realmente? ¿qué condiciones se requieren para ello?...
Debemos reconocer que en aquel momento esa pregunta nos parecía una insensatez, una bobada... ¡¿cómo no va a ser posible?!, ¡¿acaso no hay escuelas, docentes, alumnos, ministerio de educación y tanta gente ocupada en ella?!... ¡claro que es posible!.
06 febrero 2008
Parece que esto sucede aquí en Buenos Aires... ¿y en Jujuy también?
“Entre las cuestiones pendientes debemos mencionar algunos de las demandas planteadas por los participantes durante los debates e intercambios. La mayoría de los docentes y directivos que desempeñan su tarea en las unidades provinciales manifiestan los inconvenientes que conlleva la falta de articulación entre las ofertas educativas del Servicio Penitenciaria y las que dependen de Regímenes Especiales. La falta de un coordinador educativo dependiente de la Coordinación de Regímenes Especiales que tenga una presencia full time en la institución penal es una necesidad clara. De esta manera se podría realizar un trabajo de diseño, organización y orientación para los docentes que dictan clases en las unidades, así como evitar la superposición de ofertas de los diferentes niveles y modalidades. Queda planteado el desafío de avanzar en esta línea durante la próxima gestión, así como dar continuidad a los espacios de capacitación tan valorados y aprovechados por los participantes, aspirando a convocar aún a mayor cantidad de actores involucrados en esta problemática.”4
24 enero 2008
¡¿Qué diferencia de "actitud", no?!
Hemos estado navegando por las páginas de la Dirección de Educación de Adultos y Formación Profesional y la Dirección Provincial de Educación Secundaria de la Provincia de Buenos Aires (Argentina) en el link correspondiente a Contextos de Encierro.
27 diciembre 2007
En el ocaso de 2007. Muchas preguntas, pocas respuestas.
En esta situación hemos notado con cierta frecuencia -tal vez sea tiempo de empezar a cuantificar esa "frecuencia"- que aparece en ellos una actitud de alerta, de desconfianza que se nota claramente en los gestos y en el tono de la voz cuando alguno toma la palabra y dice:
- ¡¿Y Usted qué quiere que le digamos profesor?!...
Seguir leyendo...
29 noviembre 2007
Cuando lo producido por los alumnos puede ser un recurso para recuperar la palabra
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Una expresión que les llamó la atención cuando se escucharon a sí mismos es: "¿me entendés?..." y que ellos mismos explicaron como una "necesidad de que alguien entienda lo que les está pasando"
26 mayo 2007
Seguimos pensando en el Anteproyecto de Ley Provincial
Ahora advertimos que, en los término en que está expresada, no solo no garantiza el derecho a la educación del ciudadano detenido sino que tampoco garantiza -como cree hacerlo desde su redacción- la escolaridad obligatoria de ese ciudadano.
Vamos a plantear un doble argumento.
En primer lugar, el derecho a la educación tiene rango constitucional, por tanto el Sistema Educativo Nacional debe garantizarlo. La Ley de Educación Nacional Nº 26.061 ya sancionada vino a intentar ordenar un sistema educativo quebrado en su estructura, atomizado en 24 jurisdicciones. Por ello el artículo 15 de la mencionada ley especifica que:
"El Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura unificada en
todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y
articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de
los títulos y certificados que se expidan."
Y el artículo 17 de la misma ley le da a la Educación en Contextos de Privación de Libertad rango de "modalidad"...
Luego, ¿cómo se cumplirá el objetivo de estructura unificada cuando la Jurisdicción Provincial no le da el mismo rango?...
¿Y qué rango le da la Jurisdicción Provincial?: "Ámbitos de desarrollo de la educación"
Se podría pensar que es una cuestión de términos, una cuestión de formas. Y lo es; pero no de formas accidentales sino de las otras, de las sustanciales.
Por fin encontramos un documento que especifique claramente qué es lo que la Jurisdicción entiende por "ámbito". Entendemos que desde esta conceptualización podremos avanzar hacia nuestro segundo argumento: ¿cuál es la diferencia entre "modalidad" y "ámbitos de desarrollo de la educación"?
MODALIDAD | ÁMBITOS DE DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN |
La Ley Nº 26.061 la define en su artículo 17 -el anteproyecto de la Jurisdicción la repite en su artículo 19- "A los efectos de la presente ley, constituyen modalidades del Sistema Educativo Nacional aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos." | El Anteproyecto lo define en el artículo 68 de la siguiente manera: "A los fines de esta Ley, se define como ámbitos de desarrollo de la educación a la trama del espacio público de base física o virtual en la que se articulan trayectorias educativas de todos los Niveles y Modalidades a través de diferentes vinculaciones entre sujetos situados, dispositivos institucionales, recursos culturales y ambientes. Los ámbitos de desarrollo de la educación combinan simultáneamente la atención y el reconocimiento particular a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos en sus contextos ambientales de pertenencia junto con el cumplimiento de la escolaridad obligatoria o formación específica. Son ámbitos de desarrollo de la Educación: - Urbanos - Rural e Islas - Contextos de Privación de la Libertad - Domiciliarios y Hospitalarios - Virtual" |
25 mayo 2007
Debatimos el Anteproyecto de Ley Provincial?
Presentamos un cuadro comparativo entre la Ley Nº 26.206 y la el Anteproyecto de Ley de Educación Provincial en el capítulo referido a la Educación en Ámbitos/Contextos de Privación de Libertad.
ESTÁN INVITADOS A PARTICIPAR DEL DEBATE. Pueden hacerlo desde el link "comentario" que aparece sobre el final de esta entrada.
Haciendo clik aquí podrá acceder al documento colaborativo y ver con más claridad el contenido del mismo.
| LEY DE EDUCACIÓN PROVINCIAL -ANTEPROYECTO A DEBATIR- | LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL Nº 26.206 |
| CAPÍTULO XXI EDUCACIÓN EN ÁMBITOS DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD | CAPÍTULO XII EDUCACIÓN EN CONTEXTOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD |
ARTÍCULO 71°. - NO DA RANGO DE MODALIDAD - SOLO GARANTIZA LA ESCOLARIDAD OBLIGATORIA... Nos parece que este artículo presenta una seria contradicción; limita la garantía a la "escolaridad obligatoria" al tiempo que admite que el derecho no admite limitación ni discriminación...entonces ¿cómo debemos entender la reducción de la garantía a la "escolaridad obligatoria" si no es como una lisa y llana limitación y discriminación para aquellos ciudadanos que tengan la escolaridad obligatoria pero que aspiren a otros niveles educativos?... ¿O debemos entender que estamos hablando del derecho a la educación como un derecho positivo otorgado por el "legislador bonaerense" y no como un derecho humano universal? -Bueno, hemos estado leyendo con un poco más de pausa este anteproyecto y van surgiendo, en nosotros, cuestionamiento que llamaríamos sustanciales.Por razones de espacio preferimos seguir en otra entrada. | ARTÍCULO 55.- La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución. |
Lo expresamos cuando trabajamos sobre el anteproyecto de ley nacional...¿cuáles son la condiciones de detención que pueden no permitir el ejercicio del derecho a la educación? ¿qué condiciones están por encima de un derecho humano fundamental?,¿estamos hablando, por ejemplo, de un interno que ha sido castigado y por tanto no se le permite ir a la escuela?... ¿en qué está pensando el legislador cuando habla de "condiciones de detención"?... En este sentido el Anteproyecto de la Jurisdicción "intenta" superar esta cuestión en tanto que no lo supedita a las "condiciones de detención"; pero creemos que tampoco lo logra... | ARTÍCULO 56.- Son objetivos de esta modalidad: a) Garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a todas las personas privadas de libertad dentro de las instituciones de encierro o fuera de ellas cuando las condiciones de detención lo permitieran. b) Ofrecer formación técnico profesional, en todos los niveles y modalidades, a las personas privadas de libertad. c) Favorecer el acceso y permanencia en la Educación Superior y un sistema gratuito de educación a distancia. d) Asegurar alternativas de educación no formal y apoyar las iniciativas educativas que formulen las personas privadas de libertad. e) Desarrollar propuestas destinadas a estimular la creación artística y la participación en diferentes manifestaciones culturales, así como en actividades de educación física y deportiva. f) Brindar información permanente sobre las ofertas educativas y culturales existentes. g) Contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural. |
ARTÍCULO 72°. Uno de los problemas centrales, sino el principal, en nuestras escuelas es la articulación con el servicio penitenciario. La ausencia de marcos normativos que permitan articular estrategias consensuadas entre ambos. Pues bien, el anteproyecto no avanza en ese sentido... en realidad nos sorprende porque este año se han implementado "mesas de coordinación" que reúnen al servicio penitenciario y a los directivos de los establecimientos educativos que funcionan dentro del penal...nos parece que esta ley debería "legitimar" este u otro dispositivo que avance sobre la necesaria articulación diagnosticada infinidades de veces. | ARTÍCULO 57.- Para asegurar la educación de todas las personas privadas de libertad el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología acordará y coordinará acciones, estrategias y mecanismos necesarios con las autoridades nacionales y provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con institutos de educación superior y con universidades. Corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus equivalentes provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a los organismos responsables de las instituciones en que se encuentran niños/as y adolescentes privados de libertad, adoptar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el presente capítulo. |
| ARTÍCULO 58.- Los sistemas educativos jurisdiccionales ofrecerán atención educativa de nivel inicial destinada a los/as niños/as de cuarenta y cinco (45) días a cuatro (4) años de edad, nacidos/as y/o criados/as en estos contextos, a través de jardines maternales o de infantes, así como otras actividades educativas y recreativas dentro y fuera de las unidades penitenciarias. | |
| ARTÍCULO 73°. Todos los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos que se encuentren privados de libertad en instituciones de régimen cerrado tendrán derecho al acceso, permanencia y tránsito en todos los Niveles y Modalidades del sistema educativo permitiendo su continuidad en forma posterior a la medida restrictiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 19º de la Ley 26.061 de Educación Nacional y las Leyes Provinciales 13.298 y 13.634. Las formas de implementación de este derecho responderán a criterios de flexibilidad que permitan el desarrollo completo de todos los objetivos de la educación común aún bajo las condiciones específicas de este ámbito. | ARTÍCULO 59.- Todos/as los/as niños/as y adolescentes que se encuentren privados de libertad en instituciones de régimen cerrado según lo establecido por el artículo 19 de la Ley Nº 26.061, tendrán derecho al acceso, permanencia y tránsito en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Las formas de implementación de este derecho responderán a criterios de flexibilidad y calidad que aseguren resultados equivalentes a los de la educación común. |
13 mayo 2007
Giro a la educación -2ª Parte-
06 mayo 2007
Giro a la educación -1ª Parte-
Hace 15 años,tal vez más, el discurso y la praxis educativa frecuentaba algunas unidades penitenciarias a modo de "visita diaria" que tenía su espacio físico en una celda, pabellón o cualquier resquicio disponible que, gracias al "encuentro entre alumnos y docentes" se transformaba en la "escuela"...
Sin embargo en los últimos tiempos, 2 o 3 años atrás, venimos escuchando un "giro a la educación" en el discurso, no en la praxis, de las autoridades del penal que tal vez tenga su correlato en las jerarquías superiores. Decimos tal vez, porque sin duda alguna la "mesa de cogestión" -no estamos seguros que este sea el nombre exacto del dispositivo, en todo caso mejor la llamamos mesa de diálogo- que comenzó a funcionar en el presente ciclo lectivo entre los actores involucrados: servicio penitenciario, escuela en sus distintos niveles, patronato, inspección, universidad -tal vez nos falte alguno- nos hace inferir una política institucional diferente por parte de las más altas jerarquías del servicio penitenciario.
Observamos con satisfacción que el "discurso educativo", volvemos a decir: no la praxis, ya no es patrimonio exclusivo de la "escuela" y, por ende, de los docentes.
Desconocemos el origen "giro", nos gusta pensar que fue producto de los resultados obtenidos con los internos que lograron permanecer en el sistema educativo. En este sentido algunos datos son bastante alentadores como lo muestra este artículo de diario Clarín: "Sólo 3 de cada 100 presos que estudian vuelven a delinquir" .
Sin embargo, la problemática educativa hoy, como nunca antes, "desborda" los límites de la institución escuela o, como lo aprendimos en nuestra formación docente, la llamada educación formal.
Claro está, que nos toca a los docentes pensar si este "desborde" es el producto de las condiciones socio históricas, o no es otra cosa que la consecuencia de los marcos interpretativos de las políticas educativas actuales proponen para el análisis de las condiciones, o bien...
Recordamos y citamos aquí un pasaje que propone Adriana Puiggrós en su "Volver a educar":
"El etnocentrismo dominó el concepto de educación, (...), haciéndolo equivalente a 'enseñanza de la escritura'. Prueba de ello es la insistencia de cierta sociología de la educación en establecer una distinción tajante entre educación formal, escolar, sistemática y formación ambiental, no formal, no sistemática."
Sin embargo,
"El conjunto de investigaciones psicoanalíticas y psicopedagógicas realizadas desde hace un siglo ha demostrado el carácter profundamente sistemático de la educación familiar, la profundidad de las normas establecidas y heredadas, su permanencia a través de los cambios económicos,políticos y sociales de mayor amplitud y la dificultad para cambiarlas. La familia es probablemente el más íntimo recinto de producción de la sistematicidad de una cultura"
De todas maneras, lo que aparece como una tarea ineludible de nosotros los docentes es ¿cuál será el papel de la escuela /educación escolar o como queramos llamarla -aunque en sentido estricto no hablamos de los mismo- en este "giro a la educación" que comienza a amanecer en las unidades penitenciarias?
17 abril 2007
A Leonardo y Demián que le "hicieron el aguante" a mis delirios filosóficos...
Leonardo fue alumno de nuestra Escuela Media 8 "P. Carlos Mugica. Hace unos días supe algo de Demian, otro ex alumno, a través de Claudio (Asistente Social del Pabellón 10 que trabaja enla rehabilitación de adictos)... me alegré por Demián, me acordé de Leonardo...
Aquí el trabajo que elaboramos con ellos... "Diálogos en la UP 13"
PD:El último fragmento del trabajo pertenece a otro alumno que recién se incorporaba al debate, después de leer a sus compañeros. Pero fue trasladado a otro penal...
Este año estamos escribiendo algo con Walter...
19 febrero 2007
Apuntes de la capacitación 2006/07...
- Entre la capacitación, las ideas de Kessler, Duschatzky y otros: nosotros...
- ¿Quienes?
De acuerdo con Kessler[1] el desempleo en Argentina presenta características particulares:precariedad e inestabilidad. Características laborales que no solo han sido experimentadas por los jóvenes de hoy, sino también por sus padres. Situación que lleva a la "naturalización" de la inestabilidad que los ubica delante del horizonte de la precariedad duradera.
Es aquí en donde vemos el principio fundante de lo que G. Kessler llama "lógica de provisión" que podemos definirla como: "la imposibilidad de vislumbrar un futuro laboral reduce el espectro temporal en el cual proyectarse imaginariamente y entonces, el horizonte en el que se evalúan las acciones a realizar se limita a lo inmediato. Desplegando, a su vez, racionalidades de muy corto plazo, cuyo objetivo es la obtención de dinero, con poca consideración de sus consecuencias futuras." [2]
Sin duda se trata de un fenómeno social de magnitud ante el cual sentimos la tentación de "ponernos fuera", como si se tratara de algo que afecta al "otro", en este caso: a nuestros alumnos.
Sin embargo, si como dicen Duschatzky y Corea: "Puesto que una subjetividad no es otra cosa que su capacidad enunciativa. De donde se deduce que el análisis de las condiciones actuales de la enunciación escolar es la clave para comprender en qué consiste la subjetividad que se produce -si es que acaso se produce- en la escuela"[3]; entonces, ¿en qué condiciones somos, hoy, docentes en ámbito carcelario?...
La pregunta genera dos movimientos. Por un lado nos retrotrae a las conclusiones a las que arribamos en nuestro trabajo "Educación en contextos de encierro. Hacia una teoría pedagógica" y, por el otro, dirige nuestra mirada al testimonio, a la vivencia... a nuestro testimonio, a nuestras vivencias que proponemos a modo de relato bajo el título: "Insomnio", producto del debate que se generó en el transcurso de 2006 con la implementación de la Disposición 87/06 en la Pcia. de Buenos Aires y que, vale anotarlo, aún no está resuelto:
Ahora bien, en estas condiciones actuales ¿en qué consiste la subjetividad que produce nuestra escuela?, mejor aún, ¿producimos subjetividad?...
[1] Kessler, Gabriel Sociología del delito amateur. Buenos Aires, Paidós, 2004.
[2] Ibid. p. 34 -lo remarcado en negrita es nuestro -
[3] Duschatky, Silvia y Corea, Cristina Chicos en banda. Caminos de la subjetividad en el declive de las instituciones. Buenos Aires, Paidós, 2002. p. 88
13 febrero 2007
2º Encuentro de Escuelas en ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense
En aquella oportunidad quedamos en deuda con el contenido total del documento referenciado porque no lo encontramos digitalizado en la web.
Aquí el contenido del documento:
04 febrero 2007
EL cine, una estrategia de "apertura"
Para nosotros, los docentes, las películas hacen algo más que entretener: ofrecen visiones del mundo, movilizan deseos, influyen sobre nuestras posiciones y percepciones de la realidad.
25 enero 2007
Educación en contextos de encierro. Hacia una teoría pedagógica.
Ahora bien: por un lado, siguiendo los estudios de Gabriel Kessler[2], tenemos que la mayoría de nuestros alumnos se caracterizan por desplegar una “lógica de provisión” que se funda en una “racionalidad de muy corto plazo” que no permite el despliegue de un comportamiento estratégico que le permita, a su vez, sopesar de antemano las consecuencias de sus acciones.
Y, por el otro, en nuestro trabajo sostenemos:
“Sin duda que la relación con el servicio es buena, pero todavía queda reducida al tipo de trato cotidiano y no necesariamente se manifiesta en una coordinación de objetivos y estrategias para un mejor desarrollo de las tareas educativas.”
Por tanto, el logro de acuerdos estratégicos en lo organizacional ¿tiene consecuencias significativas en lo pedagógico?
[1] Giacchino, María Isabel Programa Nacional “Educación en Establecimientos Penitenciarios y de Minoridad” 2004. p. 3.
[2] Kessler, Gabriel Sociología de delito amateur. Buenos Aires : Paidós, 2006.
02 diciembre 2006
Luis A. Okier entre nosotros
Ayer 12/03/08 este otro: "A partir de las 12:40 me declaré en huelga de hambre por la situación que estoy pasando. Saludos Christian."
Hoy 18/03/08 Christian nos ha comunicado que levantó su huelga de hambre. Existe un principio de solución para su reclamo.
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